Esperas al Jabalí


La Junta de Andalucía podría publicar una orden de vedas distinta

Autor Tema: La Junta de Andalucía podría publicar una orden de vedas distinta  (Leído 7757 veces)

Desconectado jose ignacio

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Re:La Junta de Andalucía podría publicar una orden de vedas distinta
« Respuesta #15 en: Agosto 05, 2017, 06:57:45 pm »
http://www.juntadeandalucia.es/boja/2017/149/

Aqui tenéis el nuevo reglamento de ordenación de la caza en Andalucía, por si os aburrís un ratoee

Yo me referia al nuevo reglamento, mas restrictivo aun y para mi en el tema de los aguardos mas inseguro, al prohibir el uso de visores
« Última modificación: Agosto 05, 2017, 07:02:25 pm por jose ignacio »

Desconectado adol

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Re:La Junta de Andalucía podría publicar una orden de vedas distinta
« Respuesta #16 en: Agosto 05, 2017, 07:40:25 pm »
Los dos anexos a los que alude solo tratan de equipos y visores nocturnos nada de diurnos.
http://www.juntadeandalucia.es/boja/2003/218/1 
ANEXO I
5.? Los faros, linternas, espejos y otras fuentes luminosas artificiales o deslumbrantes, así como cualquier otro
dispositivo o medio para iluminar los blancos o de visión nocturna.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-21490   
ANEXO VII
- fuentes luminosas artificiales, espejos, dispositivos para iluminar los blancos, dispositivos de visor que incluyan un convertidor de imagen o un amplificador de imagen electrónico para tiro nocturno,.

Por lo que el diurno no esta incluido en la prohibicion por no figurar en los anexos con lo que solo es un tipo de equipo y visor el nocturno el prohibido. ¿O no es asi?
Si abates la mitad de lo que tiras, eres muy bueno, pero si tiras, solo, a lo que puedes abatir, eres de lo mejor.
La caza, la pesca y cuidar nuestro entorno, son nuestras herencias, respetemoslas.

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Re:La Junta de Andalucía podría publicar una orden de vedas distinta
« Respuesta #17 en: Agosto 05, 2017, 11:56:11 pm »
Los dos anexos a los que alude solo tratan de equipos y visores nocturnos nada de diurnos.
http://www.juntadeandalucia.es/boja/2003/218/1 
ANEXO I
5.? Los faros, linternas, espejos y otras fuentes luminosas artificiales o deslumbrantes, así como cualquier otro
dispositivo o medio para iluminar los blancos o de visión nocturna.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-21490   
ANEXO VII
- fuentes luminosas artificiales, espejos, dispositivos para iluminar los blancos, dispositivos de visor que incluyan un convertidor de imagen o un amplificador de imagen electrónico para tiro nocturno,.

Por lo que el diurno no esta incluido en la prohibicion por no figurar en los anexos con lo que solo es un tipo de equipo y visor el nocturno el prohibido. ¿O no es asi?
Mira el artículo 82 párrafo 1, especifica que el visor solo se puede utilizar en monterias, batidas, ganchos y aguardos diurnos, y expresa su prohibición en los nocturnos, salvo autorización especial (vamos que estará difícil su autorización?)
« Última modificación: Agosto 05, 2017, 11:59:43 pm por jose ignacio »

Desconectado adol

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Re:La Junta de Andalucía podría publicar una orden de vedas distinta
« Respuesta #18 en: Agosto 06, 2017, 12:50:20 am »
Te has quedado a mitad del articulo.
Artículo 82. Utilización de armas para la caza.
1. Se autoriza la utilización del visor en las monterías, ganchos, recechos, batidas,
batidas de gestión y aguardos diurnos, quedando prohibido en las modalidades de caza
nocturnas, de conformidad con lo previsto en el Anexo I de la Ley 8/2003, de 28 de
octubre, y Anexo VII de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, salvo autorización excepcional
 de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la citada Ley 8/2003.

De conformidad con lo previsto............... y lo previsto en esos anexos que son lo que he puesto y ademas se guardan el poder autorizar los nocturnos de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la citada Ley 8/2003.

Artículo 9. Excepciones al régimen general.
1. Las prohibiciones previstas en el presente Capítulo podrán quedar sin efecto, previa autorización expresa de la Consejería competente en materia de medio ambiente, siempre que no exista otra solución satisfactoria ni se ponga en peligro la situación de la especie afectada, estableciendo las oportunas medidas compensatorias, en los siguientes casos:
a) Cuando las especies de la flora y la fauna silvestres provoquen riesgos para la salud o seguridad de las personas.
b) Cuando puedan derivarse daños para otras especies silvestres.
c) Para prevenir perjuicios importantes para la agricultura, la ganadería, los bosques y montes o la calidad de las aguas.
d) Cuando sea necesario por razones justificadas de investigación, educación, repoblación o reintroducción, o cuando se precise para la cría en cautividad orientada a los mismos fines.
e) Para prevenir accidentes en relación con la seguridad aérea.
f) Para permitir, en condiciones estrictamente controladas y de un modo selectivo, la captura, retención o cualquier otra explotación prudente de determinadas especies silvestres en pequeñas cantidades y con las limitaciones precisas para garantizar su conservación.

Otra conclusion que se puede sacar es que el visor nocturno que es al que se refiere el articulo 82, ya que nos remite a esos anexos, lo autoriza en las monterías, ganchos, recechos, batidas, batidas de gestión y aguardos diurnos con lo que los digitales estan tambien autorizados para esos casos.
Los legos que se pronuncien pero asi lo veo yo. Aparte de otras cagadas monumentales.
Si abates la mitad de lo que tiras, eres muy bueno, pero si tiras, solo, a lo que puedes abatir, eres de lo mejor.
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Re:La Junta de Andalucía podría publicar una orden de vedas distinta
« Respuesta #19 en: Agosto 06, 2017, 01:40:27 am »
Perfecto

Desconectado el catedratico

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Re:La Junta de Andalucía podría publicar una orden de vedas distinta
« Respuesta #20 en: Agosto 07, 2017, 03:19:41 pm »
La Junta de Andalucia es diferente en todos lo temas y no iba a  ser menos en lo cinegetico, no hay que olvidar que ha sido declarada la comunidad autonoma mas corrupta de Europa. En la funcion publica andaluza prima el miedo a no parecer muy rojos y verdes, esto es lo que vende en la inmensa mayoria rural andaluza, por eso es la unica comunidad española que nunca ha cambiado de signo politico, no lo es tanto en las principales ciudades, pero la Andalucia profunda piensa asi. Asi que los ecologistas y los de izquierda radical tienen en esta comunidad un caldo de cultivo apropiado para hacer y deshacer a su antojo cunatas arbitrariedades se les ocurran como este de no poder utilizar el visor en las esperas. Donde vamos a llegar.
Yo tengo, hace años, la esperanza de que algun dia se conoceran los desmanes de muchos gastos en materia ecologica que ha habido en España en las ultimas decadas, y uno de los que mas ganas tengo de que se sepan es  el proyecto lince y el Parque de Doñana. Hay tiene que haber tela....
Tendremos paciencia y si llegamos esperemos que cada palo aguante su vela.
Eso debe ser pa verlo.tela

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Re:La Junta de Andalucía podría publicar una orden de vedas distinta
« Respuesta #21 en: Agosto 07, 2017, 03:25:55 pm »
Dejadme un día que me acople al trabajo y os cuento mi teoría o pensamiento deducida después de bregar con medioambiente de Córdoba. Por lo pronto os diré que de los ecologistas os podéis olvidar, por allí ni se les ve, ni se les nota.

 

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