La DGT considerará las pick-up como turismo y podrán circular a 120 km/h
La Dirección General de Tráfico ha emitido una Instrucción por la cual los pick-up tendrán la misma consideración, a efectos de circulación, que los turismos.
Esto supone que la configuración, uso y prestaciones a efectos de circulación, están ya dentro del ámbito propio de las de un vehículo tipo turismo y no de las de un camión, como estaba considerado hasta ahora.
La Instrucción resalta que los pick-up, cuya masa máxima no sea superior a 3.500 kg, en los que las plazas de asiento y la zona de carga no estén situados en un compartimento único y cuya altura total no sea superior a 2 m, les serán de aplicación las mismas normas de circulación que a los vehículos tipo turismo (uso de carriles en sentido contrario al habitual, orden de preferencia en ausencia de señalización, adelantamientos, velocidades, niveles de servicio en situaciones de vialidad invernal, uso de carriles VAO,…). Además la DGT habilitará un campo específico en el Registro de Vehículos para los vehículos pick-up.
Lo anterior no afecta en ningún caso a cualesquiera otras obligaciones (fiscales, periodicidad de ITVs,…) que se puedan derivar de su clasificación formal como vehículo industrial por criterios de Construcción en el Registro de Vehículos.
http://revistajaraysedal.es/dgt-considerara-pick-up-como-turismo/