Efectivamente, existe una ley aplicable a todo ciudadano, independientemente de que sea cazador o no, que impide el vertido de sustancias tóxicas o peligrosas en el medio ambiente: Ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados (
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-13046). Pulverizar un poco de Zotal disuelto en agua en un tronco, a efectos reales, tiene poca capacidad contaminante, pero prohibido está y sería, por la cantidad vertida, considerado como una infracción leve (art. 46.b)
Por otro lado, y esto ya afecta exclusivamente a los cazadores, la mayor parte de las normativas autonómicas de caza prohiben "cualquier práctica fraudulenta para atraer la caza". Ahora queda la definir qué se entiende por "práctica fraudulenta", que puede dar lugar a diversas interpretaciones.
Así pues, si el empleo del Zotal es para atraer jabalíes con intención de darles caza se estarían infringiendo 2 normativas. Si sólo fuera para ver jabalíes sin ánimo de cazarlos, entiendo que se incumpliría únicamente la Ley 22/2011.
Hay otras sustancias más naturales que consiguen atraer jabalíes con gran éxito. No resultan contaminantes, por lo que no sería de aplicación la citada Ley, aunque es probable que en la normativa autonómica de caza no esté permitido.