Esperas al Jabalí
GENERAL => General => Mensaje iniciado por: Juan Cabezas Melgar en Marzo 31, 2016, 12:04:52 pm
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tengo una duda con el permiso pertinente para hacer esperas es legal cebar con maiz soy nuevo
en esto un salludo
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por favor si alguien me puede asesorar un saludo gracias
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De que comunidad eres? En Extremadura si es legal gracias a la asociación de aguardistas que solicitó el uso de cebaderos y nos lo concedieron. :)
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....cebar....puedes cebar. Lo que no puedes es esperar ó aguardar a los cochinos en el cebadero para darles caza....salvo excepciones, como te ha dicho Eduardo y....no se si alguna comunidad más.
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Aquí en la Comunidad Valenciana tengo entendido que cebar es legal, y puedes apostarte a más de 50 metros el cebadero, a menos sí es ilegal.
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Soy de Málaga perdón por no contrastar antes estoy en el curro gracias
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Aquí en la Comunidad Valenciana tengo entendido que cebar es legal, y puedes apostarte a más de 50 metros el cebadero, a menos sí es ilegal.
Pero no puedes tirar sobre el cebadero que es totalmente ilegal ya que la Ley de caza prohibe tirar sobre los cebaderos sea cual sea la distancia, solo es legal y no hay distancias, si el cebadero esta en una siembra cinegetica o a menos de 20 m. de la siembra cinegetica o en los cultivos con destino a cosecha en los que se hayan iniciado los daños, pues en estos casos el echar comida no se considera que sea un cebadero, gracias a que asi lo pone en la Orden del jabali y asi no se va en contra de la Ley, que una orden es de inferior rango.
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En Andalucia tengo entendido que son ilegales los cebaderos.
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Aquí en la Comunidad Valenciana tengo entendido que cebar es legal, y puedes apostarte a más de 50 metros el cebadero, a menos sí es ilegal.
Pero no puedes tirar sobre el cebadero que es totalmente ilegal ya que la Ley de caza prohibe tirar sobre los cebaderos sea cual sea la distancia, solo es legal y no hay distancias, si el cebadero esta en una siembra cinegetica o a menos de 20 m. de la siembra cinegetica o en los cultivos con destino a cosecha en los que se hayan iniciado los daños, pues en estos casos el echar comida no se considera que sea un cebadero, gracias a que asi lo pone en la Orden del jabali y asi no se va en contra de la Ley, que una orden es de inferior rango.
Gracias por la aclaración.
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....cebar....puedes cebar. Lo que no puedes es esperar ó aguardar a los cochinos en el cebadero para darles caza....salvo excepciones, como te ha dicho Eduardo y....no se si alguna comunidad más.
En Castilla la Mancha, es como dices tú Centinela, y creo que para la mayoría de las regiones.
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Y en castilla y león?
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En Andalucía no es legal.
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Muchas gracias a todos un saludo
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Eduardo este año voy a hacer algunas esperas en Badajoz y me gustaría que me aclarases si directamente puedo entrar a cazar en cebaderos o hay que hacer algún trámite previamente.
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En Castilla y León también es ilegal.
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En Castilla y León mi corta experiencia con los agentes del Seprona es que no tiene la misma consideración un cebadero que se coloca con la intención de atraer a los jabalíes durante una época concreta que coincide con la temporada hábil de esperas o los permisos por daños, que un cebadero que se coloca todo el año cuyo propósito es el ayudar como suplemento alimenticio a la fauna cinegética durante los periodos mas duros del año y que normalmente de está funcionando todo el año.
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Eduardo este año voy a hacer algunas esperas en Badajoz y me gustaría que me aclarases si directamente puedo entrar a cazar en cebaderos o hay que hacer algún trámite previamente.
Sandalio, los cebaderos en Extremadura son legales y se puede esperar al jabalí en ellos. Antes no eran legales y gracias a la alegación presentada por nuestra asociación de aguardistas, los autorizaron. Algunos me dijeron cuando fundamos AEXA (Asociación Extremeña de Aguardistas), que no valdríamos para nada y de momento, éstos ''amigos'' que nos criticaban sin apoyarnos, cazan de aguardo tan felices en cebaderos y con la linterna acoplada al arma, dos cosas conseguidas por AEXA y que antes estaban prohibidas. Disculpa por mi comentario pero tenía que decirlo para que se enteren los que siguen dándonos la espalda pero beneficiándose de nuestros logros. Cualquier cosa que necesites, estamos en Cáceres. ;)
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En Castilla y León mi corta experiencia con los agentes del Seprona es que no tiene la misma consideración un cebadero que se coloca con la intención de atraer a los jabalíes durante una época concreta que coincide con la temporada hábil de esperas o los permisos por daños, que un cebadero que se coloca todo el año cuyo propósito es el ayudar como suplemento alimenticio a la fauna cinegética durante los periodos mas duros del año y que normalmente de está funcionando todo el año.
En estos comederos,que tienen el propósito de alimentar a los animales,es ilegal hacer una espera.
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Titin, no he puesto que sea legal, digo que no lo interpretan de la misma manera.
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Gracias Eduardo, suele pasar mucho en este mundillo lleno de listillos y oportunistas. La verdad es que no tengo muy claro si haré algún comedero ya que voy nuevo y pienso acoplarle a la forma de cazar que tengan, pero esta información me es muy valiosa para saber por donde ando. Lo de la asociación me parece fenomenal y si al final visito asiduamente Extremadura hablaremos.
Un saludo.
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Los cebaderos son buenos. Aportan comida al campo en épocas en la que escasea la comida natural y sirven para que se beneficien de ellos no sólo los jabalíes sino un montón de especies de pájaros y mamíferos silvestres. Cuántos bandos de perdices ''he criado'' íntegros gracias a los comederos de cochinos. Qué de cuando en cuando se abate un jabalí en ellos? Bueno, para eso están pero no son ni mucho menos lugares donde se acribillen jabalíes como algunos erróneamente piensan. Debe imperar el sentido común y se debe escuchar más al cazador-aguardista, que no se le escucha desde las sillas de los despachos. Ahí va la letra de un fandango... ::) Fandango, las digo de corazón/ Las letras de mis fandangos/ Si alguno dice que no/ Que venga conmigo al campo/ Verá si tengo razón. :)
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Como veis lo que en un sitio es una actividad legal a unos pocos metros puede ser ilegal o icluso un delito.
Yo es que a eso de las autonomias no le acabo de encontrar otra utilidad que la de alimentar politicos y puestos a dedo . Eso si que bien "cebados" acaban algunos
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Cebar igual no es muy legal, tu siembra....y resiembra y vuelve a sembrar ;D.
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Al hilo de la conversación, mi humilde opinión es que teniendo tiempo te metas horas de monte pal cuerpo y revises aquí y allá hasta que des con alguna baña tomada y ahy si eches algo de pasta en maíz un poquito cada vez para fijarlo más y luego viene el disfrute.
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Buenas tardes Adol una pregunta al respecto de tu comentario sobre tirar en dirección hacia los cebadero. He encontrado este pdf con la normativa al respecto, http://www.google.es/url?sa=t&source=web&cd=1&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwi5ncXF2pPMAhWFcBoKHRGeBecQFggaMAA&url=http%3A%2F%2Fwww.parquesnaturales.gva.es%2Fdocuments%2F20551003%2F120085312%2FNormas%2Bde%2Bcaza%2Bdel%2Bjabal%25C3%25AD%2520en%2Bla%2BComunitat%2BValenciana%2F90acb901-b3d8-4824-8128-ad66c7d07991&usg=AFQjCNE0TVv3L-tVvkdiyg1QUosjXGLavA&sig2=hScprwJDKvCe1ddrCUuy8g en el cual el dibujo puede inducir a error y no e encontrado nada en la ley de caza que diga nada de tirar en dirección a cebadero. Si e visto la prohibición de hacerlo hacia siembras.
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Folleto muy ilustrativo, la verdad, buen trabajo del equipo de la GV que estuviese en esas fechas... que también hay que reconocérselo cuando lo hacen bien.
Me llama la atención, que desconocía, que allí estuviera prohibido que el cazador rematara a cuchillo en montería, quedando reservado a los perreros... Es una buena medida de seguridad, sin duda (no te mueves y les dejas a los más experimientados), pero si algo hay de aunténtico en la caza es rematar un agarre a un buen macareno...
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Joseb por esa infografia eleve una protesta a la Conselleria, me asignaron un tecnico que se quedo con el escrito que le presente para modificarla, pues si solo se lo comentas la memoria es corta, y tenia yo razon en todas mis apreciaciones, ya que no es solo esa de la distancia la que lleva a error pero ¿quien es el guapo que cambia la Ley y hasta una simple infografia?.
Aqui creo que como lo veo esta claro que la Ley de Caza de la Comunidad Valenciana lo prohibe. http://www.esperasjabali.com/foro/index.php?topic=2068.msg20356#msg20356 esta en Esperas.
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Que quede claro que no soy abogado ni nada que se le parezca y simplemente lo comento con interés de aprender y dejar las cosas claras para evitarme cualquier problema. Pero en la ley que comentas cuando hace referencia por ejemplo a casas, carreteras, etc si indica una distancia y la obligación de disparar a espaldas de los mismos y cuando se haga en dirección a los mismos a una distancia prudencial dependiendo del alcance del arma usada en esa ocasión. Pero cuando habla de los cebaderos solo indica la prohibición de hacerlo a menos de 50 metros y nada más referente hacia donde se debe didparar o estar la pieza. De ahí las dudas de lo que realmente se puede o no hacer.
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Ademas de estar muy claro, se hizo pensando solo en la paloma, no se queria que se le disparase comiendo,(por eso los 50 m. de alcance de los perdigones) si no, al vuelo antes de llegar al cebadero.
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Sr. le respondo como cazador, pues no vivo en su pais para decirle si es legal o no, pero piense un poco que es mejor cazar un animal poniendole un cebo o es mejor buscando las huellas, rastrearlo y luego prepara el citio para el aguardo. Cual de las dos cacerias va a disfrutar mas?