Esperas al Jabalí

ACCESORIOS => Optica => Mensaje iniciado por: adol en Febrero 08, 2017, 07:36:10 am

Título: ¿NOS ACLARAMOS?
Publicado por: adol en Febrero 08, 2017, 07:36:10 am
A ver si soy capaz de aclarar lo que nos esta pasando con la vision nocturna para el disparo nocturno.
Todo parte de el Convenio de Berna del año 1979 que prohibe entre otras en su
Anejo IV
Medios y metodos de caza y otras formas de explotacion prohibidos Mamiferos.
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Fuentes luminosas artificiales.
Dispositivos para iluminar los blancos.
Dispositivos de mira de los que forme parte integrante un convertidor de imagen o un amplificador de imagen electronico para tiro nocturno.
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En el año 1979 sonaba muy mal la vision nocturna y los dispositivos para iluminar los blancos cosas muy temidas por usarse por el Ejercito de USA en la guerra reciente de Vietnam y creyendo que serian devastadores en la caza, como ocurrio en la guerra, se adelantaron asi sin ningun conocimiento de causa a su posible uso en la caza de mamiferos.
España ratifico este convenio el 13 de mayo de 1986 (BOE n.235 de 1/10/1986) con solo dos reservas. Por esos años llego el primer visor nocturno para armas ligeras al Ejercito español, con lo que se seguia sin tener la mas minima experiencia con estos aparatos y menos en la caza.
Los dispositivos para iluminar los blancos hacen tambien referencia a terminologia militar y son los que iluminan un blanco para que un artefacto autoguiado incida sobre el.
Algo tan sencillo como la transcripcion literal de los puntos del convenio ratificado a nuestras Leyes de Caza se ha convertido en ellas en unos juegos de palabras que muchas veces ni se entienden y la mayoria da lugar a interpretaciones.
¿Cual es el verdadero fin del convenio?.
Articulo 1.
1. El presente convenio tiene como objeto garantizar la conservacion de la flora y de la fauna silvestres y de sus habitat naturales concretamente de las especies y de los habitat cuya conservacion requiere la cooperacion de varios estados y fomentar esa cooperacion.
2. Se concede una especial atencion a las especies amenazadas de extincion y vulnerables, incluidas las especies migratorias.

Debido a este fin las Leyes de Caza españolas se reservan por motivos especiales extraordinarios el dejar en suspenso estas prohibiciones del anejo IV como es el caso del jabali por daños o por accidentes, como muchas Comunidades ya han hecho con las Fuentes luminosas artificiales por motivos mayoritariamente de seguridad. Que por cierto llegan tarde en muchas Comunidades, pues para distinguir a que se le tira ya no son utiles, solo lo son para distinguir a las personas que son las unicas que se quedan petrificadas al recibir el fogonazo de luz, pues los animales salen mayoritariamente de estampida sean jabalis u otras especies cinegeticas o no, con lo que confundirse de especie esta a la orden del dia y en las Autonomias que aun no las han autorizado ni hablemos.
De los Dispositivos de mira de los que forme parte integrante un convertidor de imagen o un amplificador de imagen electronico para tiro nocturno. Hubo una Autonomia que con muy buen criterio los autorizo previa solicitud, yo he hecho esperas en un coto que los tenia autorizados, pero cerro la espita en cuanto recibio una avalancha de solicitudes, en lugar de lo logico plantearse el por que de esta avalancha y solicitar informes a los cotos que tenian autorizado su uso y asi ver porque esa olla a presion de necesidad de su uso en lugar de cerrar su espita.
¿Es logico que se nos prohiba que matemos jabalinas seguidas de crias y que a su vez se nos prohiba el poder utilizar los medios adecuados para ello?
¿Que se nos oblige en el Plan Tecnico del coto que hagamos caza de gestion sin medios?
¿Que se nos obligue a que no nos equivoquemos de especie en la oscuridad de la noche?
¿Que esten aplicando al jabali las prohibiciones de un Convenio para especies vulnerables y se este costatando que su explosion demografica y territorial esta siendo imposible de controlar y ademas esta especie causa daños y accidentes?
¿Que cuando a la guarderia de la Administracion la obligan a ejercer las funciones de los cazadores, lo primero que haga la Administracion es dotarles de esos medios prohibidos?
Asi de incongruentes son los tratamientos que se dan a la caza del jabali por la noche en todas las Autonomias. Pero tenemos que tener muy claro que el uso de miras (por lo tanto aparatos con cruceta)…........……………. para el tiro nocturno esta  por ahora totalmente prohibido para la caza, como hay cotos que si tienen esa autorizacion y legalmente no se le pueden pedir los datos al forero que pregunta y porque de estos aparatos solo esta prohibido su uso en la caza, en el foro hablamos de ellos. Esperemos que se vea su necesidad para las esperas, que creo que tambien en el foro se ve que somos un colectivo de cazadores responsables y comprometidos.
Título: Re:¿NOS ACLARAMOS?
Publicado por: Baueto en Febrero 08, 2017, 06:05:16 pm
Muy bien explicado.
Javier
Título: Re:¿NOS ACLARAMOS?
Publicado por: chatarra en Febrero 08, 2017, 08:18:29 pm
Muy bien Adol +10
Título: Re:¿NOS ACLARAMOS?
Publicado por: jmart41 en Febrero 08, 2017, 09:15:26 pm
Adol gracias, mas claro imposible.
Título: Re:¿NOS ACLARAMOS?
Publicado por: tizoneras en Febrero 09, 2017, 01:01:29 pm
Maestro   blanco y en botella
a ver si toman nota las autoridades que les corresponda
pero eso es una utopia
Título: Re:¿NOS ACLARAMOS?
Publicado por: jose ignacio en Febrero 11, 2017, 10:01:37 pm
Totalmente de acuerdo. Los aparatos de visión nocturna son una gran ayuda para la gestión,  que ayudan a seleccionar la pieza a abatir y no equivocarse en el animal que se tira a oscuras, teniendo en cuenta que en mi coto tenemos andando de noche, además de nuestros amigos, zorros,  tejones y algun lince.
Título: Re:¿NOS ACLARAMOS?
Publicado por: MaC areno en Julio 03, 2019, 05:41:12 pm
Y SEGURIDAD,! Algo muy importante en la caza!
Título: Re:¿NOS ACLARAMOS?
Publicado por: adol en Septiembre 17, 2019, 07:19:51 pm
Ojo que han subido este video https://www.youtube.com/watch?v=0JTd1X-Fvlk aunque se ha pegado un faenon de cuidado, para mi parte de una base erronea, ya lo he puesto en comentarios. Lo pongo pues es muy comun el procedimiento que han seguido para obtener informacion y es con lo que nos topamos habitualmente, pero a la hora de una denuncia lo que priman son las leyes no las informaciones recibidas, procedan de donde procedan.
Título: Re:¿NOS ACLARAMOS?
Publicado por: TGCHACUR en Septiembre 18, 2019, 10:47:38 am
según la información que ofrece este video, en Castilla y León no se puede utilizar un binocular NV o térmico ni para observación!!!???
Título: Re:¿NOS ACLARAMOS?
Publicado por: tarteso39 en Noviembre 23, 2019, 08:54:32 pm
A pocos kilómetros de aquí, en Portugal, se pueden utilizar todos y además el supresor de sonido. Siempre aquí los más jodido.

Gracias por el link.

Ojo que han subido este video https://www.youtube.com/watch?v=0JTd1X-Fvlk aunque se ha pegado un faenon de cuidado, para mi parte de una base erronea, ya lo he puesto en comentarios. Lo pongo pues es muy comun el procedimiento que han seguido para obtener informacion y es con lo que nos topamos habitualmente, pero a la hora de una denuncia lo que priman son las leyes no las informaciones recibidas, procedan de donde procedan.