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Días de fortuna y caza. ¡Aclara tus dudas y evita sanciones!

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Desconectado Buhogris

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Días de fortuna y caza. ¡Aclara tus dudas y evita sanciones!

Aunque muchos creemos tener claro lo que son los “días de fortuna” y las repercusiones que tienen para la caza, lo cierto es que desconocemos más que lo que sabemos, de ahí que a continuación, Alonso Sánchez Gascón despeje todas las dudas al respecto.
Desde el siglo XVI las leyes prohibían cazar en días de fortuna, prohibición que en absoluto se respetó. Pero antes, claro, los días de fortuna y nieve eran los mejores para cazar y a ello se dedicaban con fruición los cazadores de la época.

Según el diccionario, fortuna significa “suerte favorable”. Sí, pero ¿para quién? ¿Para el cazador o para la pieza? Se entiende que la fortuna es para el cazador, que puede aprovechar la ventaja que le da el hecho de que la pieza de caza tenga mermadas sus facultades de defensa.

¿Cuáles son los días de fortuna y por qué?
Según tradición y leyes, son los días en los que las piezas de caza tienen mermadas sus facultades de defensa o bien se ven obligadas a concentrarse en determinados lugares. Y, según las leyes de caza, puede ocurrir esto por las siguientes causas: temporales, incendios, epizootias, inundaciones, sequías, heladas u olas de frío.
Lo que justifica los días de fortuna es, en definitiva, la limitación de la capacidad de defensa de las piezas de caza. A partir de esta relación de causas, no son días de fortuna los de niebla, los de nevadas, cuando ésta cubra el suelo de forma continuada, ni la oscuridad de las noches, por supuesto.
No obstante, a mi modo de ver, los días de niebla cerrada (poca visibilidad) y los de nieve (cuando ésta cubre totalmente el suelo) son -o debieran ser- también días de fortuna.
¿Qué pasa con los días de niebla (lluvia y humo)?
Ya hemos comentado que, según las leyes de caza, estos días no son de fortuna, seguramente porque quien tiene mermadas las facultades de defensa es el cazador más que las piezas de caza, aunque éstas también.
La prohibición de cazar por niebla se debe más a la seguridad de las personas que a las dificultades de defensa de los animales. Por eso las leyes se refieren a que la niebla reduce la visibilidad de los cazadores, lo que puede dar lugar a un riesgo para las personas y para sus bienes.

Si hablamos de falta de visibilidad por niebla (también por humo o por lluvia), tenemos que fijar a partir de qué distancia el cazador ya no tiene visibilidad suficiente. Las leyes de caza dan diferentes respuestas:
La Ley de Caza de 1970 y otras autonómicas no mencionan distancia alguna, de manera que queda a buen criterio de los cazadores o de las autoridades competentes presentes en el acto de la caza.
Otras leyes autonómicas, como la de Castilla-La Mancha y la del País Vasco fijan la distancia de visibilidad en 250 metros.
¿A qué piezas de caza afectan?
A todas sin excepción. Si bien, en el caso de la nieve -que no es día de fortuna, según las leyes-, hay que recordar la excepción de la caza en alta montaña y la de ciertas especies migratorias.


http://www.elcotodecaza.com/reportaje/caza-mayor/dias-fortuna-caza-aclara-dudas-evita-sanciones-180320
"No subestimes a tu presa y prepara su caza,como el mayor de los retos"

 

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