Esperas al Jabalí


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Caza con arco / Re:Parte de la cazoleta del visor queda oculta
« Último mensaje por Juan Ant. Espinosa en Abril 24, 2024, 03:12:09 pm »
Gracias, Adol.
Con los visores que tengo no puedo ajustar el 3er eje.
Estos días estoy en busca de un visor nuevo, también sencillito que tenga esa posibilidad.
Lo haré.
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Archiperres Ropa Gadgets / Consejo compra batería recargable 18500
« Último mensaje por hornetman en Abril 24, 2024, 01:51:31 pm »
Buenos días. He adquirido un dispositivo electrónico que usa baterías 18500. Agradecería que me aconsejáseis con algún enlace, vendedores de baterías recargables de calidad, con 3,7V y entre 1500 y 2000 mAh, ya que muchos venden productos que no dan el amperaje que anuncian.

Un saludo.
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Archiperres Ropa Gadgets / Re:HC-940 PRO LI
« Último mensaje por rloro338 en Abril 24, 2024, 11:40:21 am »
Hola, soy nuevo en el fototrampeo y quiero comprarme mi primera camara,
estoy pensando en comprarme la camara de la que estais hablando (HC940 Pro), pero tengo una duda,
tiene plan de datos por 4G? o le puedo poner una TJ 4G mia propia y conectarme a la camara desde el movil sin tener que pagar?

porque he visto otras, por ejemplo la GardePro X50, y parece que tiene plan de datos, o sea que hay que pagar

no se si lo del plan de datos de pago es lo habitual en estas camaras

Gracias

Hola.

Las Suntekcam hasta donde yo se son libres, no tienes que pagar plan de datos.
Tengo dos HC810 Pro funcionando con SIMs de Digi y Simio sin ningún problema.

Un saludo.
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Caza con arco / Re:Parte de la cazoleta del visor queda oculta
« Último mensaje por adol en Abril 22, 2024, 05:58:34 pm »
Ajustale los tres ejes al visor si no se lo has hecho.
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Archiperres Ropa Gadgets / Re:HC-940 PRO LI
« Último mensaje por anibal715 en Abril 22, 2024, 05:50:38 pm »
Hola, soy nuevo en el fototrampeo y quiero comprarme mi primera camara,
estoy pensando en comprarme la camara de la que estais hablando (HC940 Pro), pero tengo una duda,
tiene plan de datos por 4G? o le puedo poner una TJ 4G mia propia y conectarme a la camara desde el movil sin tener que pagar?

porque he visto otras, por ejemplo la GardePro X50, y parece que tiene plan de datos, o sea que hay que pagar

no se si lo del plan de datos de pago es lo habitual en estas camaras

Gracias


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Caza con arco / Re:Parte de la cazoleta del visor queda oculta
« Último mensaje por Juan Ant. Espinosa en Abril 22, 2024, 05:51:24 am »
Hola, Hornetman.
Sí, puedo tirar bien, también así. Pero algo pasó al volver a ajustar el arco tras cambiar el reposaflechas. También recuerdo que algo así me pasó una vez con otro arco que usaba antes. El caso es que no es lo previsto por el fabricante ni del arco ni del visor. Y creo que debe haber algo que corregir por aquí...
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Armas Municiones / Re:Pólvora rs
« Último mensaje por jhony 65 en Abril 21, 2024, 07:28:27 pm »
Gracias
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Armas Municiones / Re:Pólvora rs
« Último mensaje por Orix en Abril 20, 2024, 07:48:50 pm »
Hola a todos,
Ya ha llegado la pólvora RS a Armería Sistach.

Saludos y buena caza.
Orix
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Caza con arco / Re:Parte de la cazoleta del visor queda oculta
« Último mensaje por hornetman en Abril 19, 2024, 08:25:07 am »
Eso mismo me pasa a mí y me he adaptado a tirar asi.

Un saludo
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General / Re:Duda caza Castilla la Mancha
« Último mensaje por Xeryil en Abril 18, 2024, 12:05:53 pm »
El otro día estuve mirando el tema de la documentación que hay que llevar por el tema del corzo, concretamente la autorización expresa del titular para cazarlo, cosa que siempre me ha parecido absurda, y no encontré referencia alguna ni a ese supuesto documento ni vi que se hiciera a ningún otro similar, pego lo que pone en la ley:

Citar
Artículo 27. Requisitos para cazar.
1. Para practicar la caza en Castilla-La Mancha es necesario estar en posesión de los siguientes
documentos:
a) Licencia de caza válida para la Comunidad Autónoma.
b) Seguro obligatorio de responsabilidad civil en vigor del cazador, conforme a su normativa específica, cuando se utilicen armas durante la acción de cazar.
c) Documento identificativo válido para acreditar la personalidad, que podrá ser Documento Nacional de Identidad, permiso de conducción, pasaporte o cualquier otro oficial siempre que lleve
fotografía incorporada.
d) En caso de usar armas o medios que precisen autorización especial, la licencia, el permiso o la
tarjeta correspondiente, así como en su caso, la guía de pertenencia de acuerdo con la legislación
específica.
e) En caso de utilizar animales, los documentos preceptivos que en cada caso correspondan. Cuando se trate de cacerías, esta documentación le corresponde a la persona propietaria o titular de los
animales.
f) Documento nominativo de autorización de la persona titular del aprovechamiento cinegético u
organizadora de la cacería de no estar éste presente en el lugar donde se desarrolla la acción de
cazar.
g) En las zonas colectivas de caza y cotos de caza, cuya entidad titular cinegética sea una asociación o club federado al que se le aplique la bonificación adicional de descuento del 15 por ciento
en la tasa por expedición de matrícula acreditativa de Zona Colectiva de Caza o del 30 por ciento
en el caso de la matrícula del coto de caza, será obligatorio el Documento Federativo individual
correspondiente a los socios que componen dicha entidad federativa.
h) Los demás documentos, permisos o autorizaciones exigidos en normativa vigente.
2. Para la práctica de la cetrería, se precisa además de lo indicado en el apartado anterior:
a) Certificado de inscripción de las aves en el registro Falcon (sección cetrera del registro de aves
rapaces y de cetrería de Castilla-La Mancha) o en el registro oficial en donde tenga su estancia
habitual el ave. En cualquier otro caso la persona cazadora deberá llevar la documentación que
acredite el origen legal del ave.
b) Autorización expresa de la persona titular del terreno cinegético para la práctica de la cetrería.
c) Documentación acreditativa de la cesión temporal del ave con indicación del periodo de tiempo
de dicha cesión, en el caso que sea de aplicación.
3. Para la realización de control de poblaciones en espacios naturales protegidos donde esté prohibida la práctica de la caza según el artículo 13 de este Reglamento, se precisa además de lo
indicado en el apartado 1 de este artículo, acreditar una jornada especifica de formación sobre los
objetivos del control de poblaciones en el espacio en el que se pretenda actuar.
4. Los citados documentos ha de llevarlos consigo la persona cazadora durante la acción de cazar
o tenerlos a su alcance en el interior del terreno cinegético o sus entradas, de manera que permita
mostrarlos a las autoridades o a los agentes con competencia en materia cinegética que lo requieran. De no poder mostrar dichos documentos al ser requeridos, las y los agentes formularán la
correspondiente denuncia y la persona cazadora podrá presentarlos en el plazo de 72 horas. Los
documentos podrán ser portados en formato digital.

Otra cosa que es también es una gilipollez, que puede afectarnos...

Citar
Las piezas de caza mayor capturadas en cualquiera de las modalidades autorizadas por este
Reglamento deberán acompañarse en el traslado fuera de los acotados de un documento que justifique su procedencia legal proporcionado por la persona titular del aprovechamiento cinegético u
organizador de la cacería, en el que figurarán los siguientes datos:
a) Denominación y número del terreno cinegético.
b) Nombre y apellidos de la persona cazadora.
c) Fecha de captura.
d) Especie y sexo, en su caso.
5. Los trofeos de piezas de caza mayor abatidos en las modalidades de rececho o aguardo, salvo
el trofeo de jabalí, deberán llevar correctamente cumplimentado y ajustado un precinto identificativo
y justificativo, para lo cual, la persona cazadora deberá tener siempre a su alcance, al menos un
precinto sin utilizar. Dicha pieza no se podrá desplazar de su lugar de abatimiento hasta no haberse
colocado el precinto y marcado la fecha de captura.
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